
SANTIAGO.- (Noticia.do)El Primer Tribunal Colegiado de Santiago condenó a 20 años de prisión a Guillermo Jonael Taveras Castillo, identificado como Yonael, por violar sexualmente en repetidas ocasiones a una niña de 9 años de edad que residía en el mismo sector donde él se desplazaba.
El acusado accedía a la vivienda de la víctima aprovechando la ausencia de la madre. Una vez dentro, utilizaba amenazas para atemorizar a la niña y garantizar su silencio.
La prueba que sostuvo la condena
El fiscal litigante Juan Elías Pérez presentó ante los jueces Juan Carlos Colón, Gladys de los Santos y Claribel Mateo los resultados de las evaluaciones de ginecología y psicología forense del Instituto Nacional de Ciencias Forenses (Inacif), que corroboraron el testimonio de la víctima. Pérez argumentó que los abusos le causaron a la niña daños psicológicos y emocionales severos que requerirán soporte especializado a largo plazo.
El tribunal declaró culpable a Taveras Castillo de violar el Código Penal Dominicano, modificado por la Ley 24-97 sobre Violencia de Género e Intrafamiliar, y la Ley 136-03, que protege los derechos fundamentales de niños, niñas y adolescentes.
Qué establece la ley dominicana en estos casos
La Ley 24-97 tipifica la violación sexual como delito grave con penas que escalan según las agravantes. Cuando la víctima es menor de edad y el agresor ejerce amenazas reiteradas para mantener el silencio, el marco legal dominicano contempla la pena máxima de 20 años de reclusión mayor. La Unidad de Atención Integral a Víctimas de Violencia de Género, Intrafamiliar y Delitos Sexuales de la Fiscalía de Santiago fue la encargada de construir el expediente que sostuvo la acusación.
La sentencia, solicitada por el Ministerio Público y acogida íntegramente por los tres magistrados, envía una señal inequívoca: el sistema judicial de Santiago está respondiendo con la pena máxima disponible en el ordenamiento vigente cuando los elementos de prueba lo justifican.
