SANTO DOMINGO.-El Instituto de Desarrollo y Crédito Cooperativo (IDECOOP) ordenó la suspensión de las asambleas distritales y de la asamblea general ordinaria de la Cooperativa de Ahorros, Créditos y Servicios Múltiples de Neyba (COOPACRENE), previstas para el próximo jueves 20 de marzo de 2026, tras la presentación de una acción de amparo y una medida cautelar ante el Tribunal Superior Administrativo (TSA) que denuncian graves irregularidades en el proceso de convocatoria y riesgo de exclusión de socios fundadores.

La suspensión fue formalizada mediante la comunicación oficial No. PA-0232-E, firmada por la licenciada Maritza López de Ortiz, Presidenta Administradora del IDECOOP, y se mantendrá vigente hasta que el TSA se pronuncie sobre el fondo del proceso judicial.

El recurso: silencio administrativo y socios excluidos

La acción fue interpuesta por José Santos Manzueta y Alberto Florián Morillo, miembros del Consejo de Administración de COOPACRENE, ante el Tribunal Superior Administrativo. Los accionantes sostienen que el IDECOOP incurrió en silencio administrativo al ignorar una solicitud previa de intervención para garantizar la legalidad del proceso asambleario, lo que —según el recurso— permitió que avanzara un procedimiento presuntamente viciado.

El punto más crítico del recurso apunta directamente al presidente del Consejo de Administración, el licenciado Simeón Alcides Cuevas Reyes. Según los accionantes, Cuevas instruyó la elaboración de un listado de socios limitado al período 2021–2026 para definir quiénes podrían participar en las asambleas distritales. Ese criterio, denuncian, habría permitido la inclusión de personas sin condición de socios plenos y, al mismo tiempo, habría excluido a socios de mayor antigüedad —incluidos socios fundadores— vulnerando su derecho a voz y voto.

El recurso también señala posibles violaciones a los estatutos de COOPACRENE, entre ellos el artículo 93 sobre el plazo mínimo de convocatoria y el artículo 2 referente a la condición de socio pleno. Los fundamentos legales citados incluyen los artículos constitucionales 68, 69, 138 y 139, así como las leyes 13-07, 137-11 y 127-64.

Un conflicto que viene de noviembre

Lo que ocurrió hoy no es un hecho aislado. En noviembre de 2025, directivos del mismo Consejo de Administración de COOPACRENE ya habían recurrido al TSA mediante una medida cautelar anticipada, en aquella ocasión para impugnar la Resolución PA-0915-E del IDECOOP, mediante la cual el organismo regulador designó directamente a Cecilio Enrique del Valle Pérez como Gerente General Interino de la cooperativa.

En ese episodio, los accionantes argumentaron que el IDECOOP excedió sus atribuciones al intervenir en una función que corresponde exclusivamente al Consejo de Administración según la Ley 127-64 sobre Sociedades Cooperativas. El patrón es consistente: tensión sostenida entre la autonomía interna de COOPACRENE y la supervisión ejercida por el ente regulador.

RD$83 millones que quedan en espera

La suspensión no es solo un trámite procedimental. Apenas ocho días atrás, el propio Simeón Cuevas encabezó una rueda de prensa en la sede principal de la cooperativa en Neyba para anunciar que, durante la asamblea del 12 de abril, se distribuirían más de RD$83 millones en excedentes entre sus más de 46,000 socios. Las asambleas distritales del 20 de marzo eran el primer paso de ese proceso democrático.

Con la intervención del IDECOOP, ese calendario queda suspendido indefinidamente hasta que el TSA resuelva.

COOPACRENE ha crecido de 35,000 a más de 46,000 socios en los últimos años y se consolida como una de las cooperativas más importantes de la región Sur del país. La distribución de excedentes es uno de los eventos institucionales más relevantes para sus asociados.

IDECOOP: preservar el debido proceso

Desde el ángulo institucional, el IDECOOP justificó su decisión de suspender las asambleas como una medida para "preservar el debido proceso, evitar daños irreparables y salvaguardar los derechos de los socios, así como la institucionalidad del sistema cooperativo dominicano", según el texto de la comunicación oficial PA-0232-E.

La decisión implica que el organismo regulador —que en noviembre fue cuestionado precisamente por excederse en sus funciones— actúa ahora en respuesta al proceso judicial iniciado por sectores dentro de la misma directiva de la cooperativa.

La próxima etapa determinante será el pronunciamiento del Tribunal Superior Administrativo sobre el fondo del caso. Hasta entonces, los más de 46,000 socios de COOPACRENE permanecen a la espera de que la justicia administrativa defina quién tiene razón: la fracción del Consejo que interpuso el recurso o la dirección encabezada por Simeón Cuevas.